El Congreso aprobó el ingreso de Argentina al Consejo Oleícola Internacional
Cerca de la medianoche de ayer, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó con fuerza de ley el proyecto tendiente a la aprobación del Convenio Internacional del Aceite de Oliva y las Aceitunas de Mesa, concluido en Ginebra – Confederación Suiza- 29 de abril de 2005. La aprobación de este convenio finalmente le permitirá a Argentina ingresar formalmente al Consejo Oleícola Internacional (COI), cuya organización intergubernamental es la encargada de administrar el mencionado Convenio Internacional.
Este ingreso representa un importante logro para Catamarca no sólo por las intensas gestiones encabezadas por el gobernador Eduardo Brizuela del Moral ante legisladores y organismos nacional, sino también por la pujanza del empresariado unido en torno a esta iniciativa.
Cabe remarcar que las cámaras olivícolas de Argentina siempre estuvieron de acuerdo en ingresar al COI por razones comerciales, y venían solicitándolo ya que este órgano internacional es el encargado de regular el comercio y establece las normas de calidad del aceite de oliva.
El ingreso de Argentina al Consejo Oleícola Internacional, integrado por 17 naciones de la cuenca del mar Mediterráneo, fue uno de los reclamos de una parte del sector que se reunió en el marco de la realización de la edición 2008 de Expolivo en Catamarca. Justamente fue el Foro Olivícola Nacional la entidad que reclamó a la Nación concretar el trámite formal para la incorporación del país al organismo internacional. El reclamo del Foro se eleva en el contexto de un país donde su producción olivícola crece a pasos agigantados y gana espacio en marcados internacionales.
Convenio de 2005
La Conferencia de las Naciones Unidas para la Negociación de un nuevo Convenio sobre el aceite de oliva y las aceitunas de mesa tuvo lugar en Ginebra, del 25 al 29 de abril de 2005, para adaptar las disposiciones del Convenio internacional del aceite de oliva y las aceitunas de mesa, 1986, en su forma enmendada y prorrogada por el Protocolo de 1993 y posteriormente, reconducido cinco veces, a la evolución importante que había conocido el sector oleícola internacional desde esa fecha.
El nuevo Convenio introduce aspectos nuevos al nivel de sus objetivos y del funcionamiento de la Organización. En efecto, institucionaliza la relación entre el COI y el sector y confiere una mayor importancia a la protección del medioambiente tanto a nivel de la oleicultura como de la elaiotecnia, la calidad del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa así como a la divulgación de las propiedades de dichos productos.
Objetivos generales
Los objetivos generales de este Convenio en materia de cooperación técnica internacional apuntan a fomentar la cooperación internacional para el desarrollo integrado y sostenible de la oleicultura mundial; fomentar la coordinación de las políticas de producción, industrialización, almacenamiento y comercialización de los aceites de oliva, los aceites de orujo de oliva y las aceitunas de mesa y fomentar las acciones de investigación y desarrollo, la transferencia de tecnología y las acciones de formación en el ámbito oleícola.
Asimismo, se propone –entre otras cuestiones- sentar las bases de una cooperación internacional para el comercio internacional de los aceites de oliva, los aceites de orujo de oliva y las aceitunas de mesa, con miras a establecer, en este marco, estrechos lazos de cooperación con los representantes de las diversas partes interesadas del sector oleícola, con arreglo a lo dispuesto en los convenios y acuerdos internacionales correspondientes; promover los esfuerzos realizados y las medidas adoptadas para la mejora y la divulgación de la calidad de los productos; promover los esfuerzos realizados y las medidas adoptadas para mejorar la interacción de la oleicultura con el medio ambiente, con vistas principalmente a la protección y conservación de éste; y
Comercio internacional
En materia de normalización del comercio internacional de los productos oleícolas, el convenio interncional, busca proseguir la realización de actividades de cooperación en materia de análisis fisicoquímico y sensorial para mejorar el conocimiento de las características de composición y calidad de los productos oleícolas, con miras a establecer normas internacionales que permitan: el control de la calidad de los productos; intercambios internacionales equitativos; la protección de los derechos del consumidor; la prevención de las prácticas fraudulentas; facilitar el estudio y la aplicación de medidas tendentes a la armonización de las legislaciones nacionales e internacionales relacionadas en particular con la comercialización del aceite de oliva y las aceitunas de mesa; fomentar la armonización de los criterios de definición de las indicaciones geográficas otorgadas por los Miembros con vistas a su protección a nivel internacional; sentar las bases de una cooperación internacional para prevenir y, llegado el caso, combatir toda práctica fraudulenta en el comercio internacional de todo producto oleícola comestible, estableciendo en este marco estrechos lazos de colaboración con los representantes de las diversas partes interesadas del sector oleícola.
